Proyecto de ley de Viviendas de emergencia basado en Investigaciones UChile

Proyecto de ley de Vivienda basado en Investigaciones UChile

En los últimos meses, nuestro país se ha visto enfrentado a diversas catástrofes naturales que han afectado principalmente a la población de más bajos recursos. El terremoto de Iquique, el incendio de Valparaíso y las inundaciones en el sur dejaron a miles de chilenos sin hogar.

Este contexto hizo que en el mes de abril un diputado de la República llevara a cabo el Seminario que analizó las consecuencias del incendio en Valparaíso y proyectó algunas soluciones urbanas que eviten situaciones similares en el futuro; ocasión donde participaron los académicos y Directora del proyecto FONDEF, Rose Marie Garay, de la Facultad de Ciencias Forestales y de la Conservación de la Naturaleza, y el Investigador Asociado Ricardo Tapia, académico del Instituto de la Vivienda (INVI). También forman parte del equipo de investigación el académico del Departamento de Arquitectura, Francis Pfenniger quien ejerce el cargo de Director Alterno y el Director del INVI, Jorge Larenas, Investigador Asociado.

Las conclusiones de esta actividad, que son parte del proyecto FONDEF “Desarrollo de prototipos de vivienda modular, con énfasis en soluciones de emergencia, bajo criterios técnicos, geográficos y económicos que mejoren su eficiencia y funcionalidad”, constituyen el soporte profesional y académico de la moción que inició su discusión en el Congreso el 6 de agosto

Viviendas de emergencia para Chile

El proyecto de ley denominado “Normas Especiales aplicables a las viviendas de emergencia” propone que se incorpore en la Ley de Sismos y Catástrofes, un acápite explícito de estándares de cumplimientos técnicos en las viviendas destinadas a atender emergencias, para de ese modo, terminar con la improvisación que se ido teniendo en estas materias y que, por ello, repercuten negativamente en la calidad de vida de los sectores más carenciados del país.

Según la propuesta, las viviendas de emergencia en el futuro deberán, a lo menos, cumplir adecuadamente con asegurar la impermeabilidad al agua y al viento; mejorar las condiciones de aislamiento térmico; proveer una adecuada resistencia al fuego, y finalmente fijar criterios de emplazamiento, distanciamientos y vialidad mínima para su agrupación en conjuntos de viviendas.

“El tema parte de la constatación de que no existe en nuestra legislación lo que se entiende por "vivienda de emergencia". Por lo tanto, en los hechos, hay múltiples definiciones y en el discurso oficial se manejan diferentes términos: "rucos" (en el terremoto de 1960); "mediaguas", "aldeas de emergencias", "barrios de emergencia", "media casa", "viviendas provisorias", etc.”, asegura el académico INVI e Investigador Asociado del proyecto FONDEF, Ricardo Tapia.

Esto genera que cada gobierno improvise alternativas habitacionales para atender las emergencias de habitación para damnificados, ateniéndose a las exigencias e indicaciones de la Ley de Sismos y Catástrofes, sancionada en el año 1965, pleno Estado benefactor. “Algo que no encaja adecuadamente con la realidad actual en que más bien hay un Estado reducido con una gran influencia del sector privado en todos los aspectos de la vida del país; ello también incide en el problema”, afirma.

El proyecto FONDEF, entre otros resultados, propone definir estándares consensuados respecto de las condiciones de habitabilidad que debiesen cumplir estas alternativas habitacionales para responder a las emergencias por causa de fenómenos socionaturales y/o antrópicos. Una vez, establecido aquello (mediante Ley o reglamento) estas alternativas podrían diseñarse y construirse de cualquier materialidad siempre y cuando respondan a los mencionados estándares. De ese modo, se pueden activar mercados regionales y locales, contratar mano de obra lugareña e incluso, exportar alternativas a otros países.

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