PROTOCOLO DE APLICACIÓN ESTANDARIZADA DEL REGLAMENTO CORRESPONSABILIDAD FAU
PROTOCOLO DE APLICACIÓN ESTANDARIZADA DEL REGLAMENTO CORRESPONSABILIDAD FAU
El presente documento permite operacionalizar el Reglamento de corresponsabilidad social en el cuidado de hijas e hijos de estudiantes de la Universidad de Chile (Decreto Exento N°003408), vigente desde el 15 de enero de 2018. A la fecha (semestre de primavera 2020), la Facultad ha implementado algunas medidas que han permitido avanzar en dar cumplimiento al reglamento:
• A partir del semestre de primavera 2018, y mediante aprobación en el Consejo de Escuela, el listado de estudiantes madres, padres y cuidadores de la Facultad es informado a la Secretaría de Estudios, quien lo incluye en la ficha académica de cada uno(a), asignando ranking 0 en la toma de ramos.
A través de la Dirección de Asuntos Estudiantiles (DAE) se solicitan a la jefatura de carrera e informa a los docentes correspondientes sobre períodos de prenatal de 6 semanas (según consta en el artículo 4 del reglamento), solicitando modificaciones en fechas y formatos de cierre de semestre, como, por ejemplo, cierre de actas de nota con el mínimo requerido por reglamento.
A través del presente protocolo se agregan a lo anterior, especificaciones para dar cumplimiento a las medidas de flexibilidad señaladas en el artículo 11 del reglamento. Pues se considera una medida compensatoria a las labores de madres, padres y cuidadores estudiantes.
Beneficiarias/os:
Estudiantes madres y padres de niñas/os/es menores de edad, o sean futuras(os) madres o padres de un(a) hija(o) en gestación. Se incluyen estudiantes cuidadores(as) de menores de edad o personas dependientes.
La actualización por parte de la Dirección de Asuntos Estudiantiles del listado de estudiantes Madres/Padres/Cuidadores(as) a principio del semestre será a través de formulario online, información que será chequeada por la DAE y enviada a la Jefatura de Carrera. Las Jefaturas informarán a los/as profesores/as correspondientes (profesores que cuenten con estudiantes MAPAU en sus cursos).
Fuera del plazo otorgado para completar los formularios, las(os) estudiantes informarán a la DAE cualquier cambio en su condición durante el semestre a través de correo electrónico directora_dae@uchilefau.cl
Los cuidadores o cuidadoras de menores de edad o personas dependientes, para acreditar esta situación debe presentar documentación legal que acredite el vínculo filial a la Dirección de Asuntos Estudiantiles. En caso de ser necesario, la unidad de Bienestar estudiantil FAU deberá emitir un informe que acredite dicha situación de cuidado.
Medidas de flexibilidad que se agregan a las ya explicitadas en la Política de corresponsabilidad social en la conciliación de las responsabilidades familiares y las actividades universitarias:
A. Flexibilidad en las entregas:
• Otorgar 2 semanas de plazo adicional para la entrega de todo tipo de evaluaciones individuales, sin necesidad de solicitarlo ni presentar certificados. En este plazo no se consideran semanas de recesos universitarios. En el caso de pruebas sincrónicas, la evaluación a extender deberá ser la misma evaluación u otra con el mismo nivel de exigencia y metodología de desarrollo.
• Lo anterior se aplica automáticamente en trabajos grupales cuando todas(os) las(os) integrantes sean MAPAU. En grupos de trabajo que se encuentren parcialmente conformados por estudiantes MAPAU será posible considerar un atraso en la entrega de 3 días hábiles, sin que esto sea considerado en la calificación.
• En los ramos de taller/proyecto o en aquellos trabajos que se desarrollan durante todo el semestre (en otro tipo de ramos) será posible entregar con atraso, siempre y cuando se realice antes de la evaluación cuantitativa siguiente, considerando no afectar el proceso formativo.
• Será posible solicitar una prórroga adicional a las 2 semanas (individual) – 3 días (grupal), para casos excepcionales que lo requieran. Dicha solicitud debe ser realizada y acreditada a través de la DAE, al correo directora_dae@uchilefau.cl, quien a su vez gestionará la solicitud con las jefaturas de carrera correspondientes, quienes informarán a los docentes. En el caso de enfermedad propia o de hijos/as, menores de edad o personas dependientes, se acogerá al artículo 10, letra d, de la Política de Corresponsabilidad Social antes mencionada, sobre el permiso por enfermedad, pudiendo adicionarse al plazo del presente protocolo. Asimismo, para acreditar enfermedades u otras condiciones médicas deberán presentarse certificado del facultativo tratante o la entidad medica correspondiente, que confirme la respectiva circunstancia (artículo 12, inciso d, de la política).
Observaciones
• Si se tratara de la entrega final del curso, deberá mantenerse el acta de la o el estudiante abierta durante el plazo adicional o hasta que la/el estudiante realice la evaluación, siempre y cuando el acta se encuentre cerrada antes del inicio del siguiente semestre.
• Si el sistema no permite tomar ramos por mantener el semestre abierto, o no cumplir con un prerrequisito, la inscripción de ramos se hará manualmente con el/la Jefe/a de Carrera buscando mantener al máximo las prioridades definidas por cada estudiante realizando las gestiones con los docentes que corresponda.
B. Eliminación de ramos
• Los(las) estudiantes madres, padres o cuidadores(as) pueden solicitar la eliminación de un ramo en cualquier momento del semestre antes del cierre de actas, a través de carta dirigida a la jefatura de carrera, especificando la causal o motivo en que se funda su petición.
• Se debe tener en cuenta que existe un mínimo de créditos a inscribir en un semestre, definidos por el reglamento de carrera, por lo que casos excepcionales deberán verse de forma particular con la DAE y jefatura de carrera correspondiente.
C. Asistencia e ingreso
• Las(os) estudiantes MAPAU tienen flexibilidad en la asistencia a clases, lo que incluye, además, el horario de ingreso y salida.
• La asistencia no podrá ser evaluada, y, por lo tanto, no podrá ser una causal de reprobación.
D. Etapa de egreso y titulación
• La modalidad y horario de la práctica profesional es flexible para todos los estudiantes de la Facultad y es acordada entre el/la estudiante y su profesional/tutor/tutora a cargo.
• La entrega final de la práctica en la Facultad considerara las mismas condiciones descritas en el punto A de este protocolo.
• Respecto de las Tesis y Proyectos de Título, en caso de superarse el plazo máximo de entrega definido en el Reglamento de cada carrera, la Escuela de Pregrado elaborará un informe que dé cuenta de los antecedentes para su consideración en la evaluación de la Matricula de Gracia.
• Cualquier situación específica que no esté involucrada en este documento se analizará en conjunto con la Dirección de Asuntos Estudiantiles y la jefatura de carrera correspondiente, previa solicitud por correo de la(el) estudiante.
IMPORTANTE/RECUERDA
• Respecto de las/os/es estudiantes que tengan becas que requieran avance semestral, antes de recurrir a este beneficio de flexibilidad académica, se recomienda contactar a Bienestar estudiantil al correo bienestar@uchilefau.cl.
• Si la extensión de plazo afectara el egreso se mantiene el pago del arancel.
• Toda actualización al protocolo contará con la participación de las unidades y direcciones correspondientes, además del colectivo MAPAU FAU (con al menos un representante por carrera).